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COMO SE DISCRIMINA
A LAS MUJERES QUE ADOPTAN
Las madres no son todas iguales
Un juez advirtió sobre la desprotección
que sufren las madres adoptivas y señaló el vacío legal.
Un proyecto propone modificarlo.
Por
Mariana Carbajal
Un
juez alertó al Congreso sobre la desprotección que sufren
las madres adoptivas en materia laboral y propuso la
modificación de la legislación para que gocen de los
mismos derechos que la mujer embarazada. La inquietud
del magistrado, que dejó en evidencia un vacío legal,
surgió a partir de la denuncia en tribunales de Mónica
Graciela Trípodi, una psicóloga de 47 años, que padeció
la discriminación en carne propia. Cuando recibió en
guarda una beba recién nacida, le negaron la licencia
por maternidad, y luego la echaron de su trabajo sin
pagarle la indemnización que le corresponde por despido
a una mujer que acaba de dar a luz. Su caso no es aislado.
“El problema es que la propia Ley de Contrato de Trabajo
es discriminatoria. Las mujeres que adoptan no tienen
cómo defenderse”, observó Trípodi ante Página/12. Para
cambiar esta situación, el diputado Carlos Raimundi
(Alianza) acaba de presentar un proyecto de ley que
equipara la protección legal de la embarazada con la
madre adoptante.
“La discriminación que sufre la madre que adopta es
absurda e injustificada. La protección frente al despido
no debe limitarse al embarazo y parto, ya que la adopción
constituye sin lugar a dudas un medio, loable por cierto,
de acceder a la maternidad”, señaló Raimundi. Hoy no
es obligación del empleador, ni de la seguridad social,
abonar la licencia por adopción, como ocurre en otros
países (ver aparte), y queda a criterio del patrón otorgarla
o no.
A Graciela Trípodi se la negaron. La mujer recibió una
beba por escritura pública (cuando regía la ley de adopción
anterior) el 20 de setiembre de 1996. La niña tenía
dos días de vida y su madre adoptante hacía 18 años
que trabajaba en el Instituto ERNA, adscripto a la Dirección
General de Enseñanza de Gestión Privada. Se trata de
un centro dedicado a la atención y escolaridad de niños
atípicos, del barrio porteño de Palermo. “Como el Estatuto
del Docente contempla expresamente el otorgamiento de
una licencia de 120 días en casos de adopción, comuniqué
en el Instituto que empezaría a tomarla. Me respondieron
que no me correspondía hasta la sentencia judicial de
adopción. Pero en Supervisión Escolar me habían dicho
que sí”, recordó la psicóloga. A pesar de la negativa
patronal, Graciela comenzó con la licencia. Pero recibió
en su domicilio del partido de Olivos un telegrama de
despido por “abandono de cargo”.
Entonces, presentó en la Justicia una denuncia de despido
por causa de adopción. El caso quedó en manos del juez
del Trabajo Nº 62 de la Capital Federal, Miguel Angel
Mazza. En un fallo reciente, el magistrado señaló no
tener “la menor duda de que el despido ha sido discriminatorio”.
Sin embargo, no hizo lugar al reclamo de una indemnización
agravada, ante la falta de una legislación laboral que
proteja a la madre adoptante en estos casos. “Siento
el dolor moral de aplicar la dura y fría letra de la
ley”, se disculpó Mazza. Trípodi apeló el fallo y todavía
no hubo una definición de la Cámara de Apelaciones.
El juez Mazza no se limitó a rechazar el pedido de la
madre adoptante. En su sentencia, cuestionó el vacío
legal. “El Congreso de la Nación debería revisar este
caso y brindar tutela también a la madre adoptante,
reglamentando la situación ya que el maravilloso fenómeno
femenino de la ‘maternidad’ no merece, por parte del
legislador, distinciones según que la maternidad se
logre por la vía biológica del embarazo y parto o por
la emocional y jurídica de la adopción”, opinó. Por
eso, el magistrado envió la sentencia a la Comisión
de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados
para que se analice “la posibilidad de legislar para
cubrir esta situación de injustificada desprotección”.
El caso fue tomado por el diputado Raimundi. Su proyecto
extiende a la madre adoptante la protección de la mujer
embarazada, que hoy tiene derecho a una licencia paga
de 90 días, y al estado de excedencia, esto es continuar
por 3 o 6 meses por licencia no paga en caso de que
ella lodecida. A su vez, si es echada de su trabajo
durante un lapso de 7 meses y medio antes o después
del parto, tiene derecho a una indemnización especial
equivalente 12 sueldos, además de la que le correspondiere
por cualquier despido. Una iniciativa similar está incluida
en un proyecto de reforma laboral que presentó un año
atrás en el Congreso el Movimiento de los Trabajadores
Argentinos (MTA). “Debería cubrirse esta laguna legal
cuanto antes y equiparar ambas situaciones. Hay que
tener en cuenta que la reforma de trabajo, impulsada
por el Gobierno, no la contempla”, consideró Héctor
Recalde, titular de la Comisión de Derecho del Trabajo
de la Asociación de Abogados de Buenos Aires y profesor
de la UBA.
Trípodi obtuvo la adopción plena de la niña el 23 de
febrero de 1998. “Cuando me echaron me quedé sin trabajo
y sin obra social, lo que significa desprotección para
mi hija. Yo no estoy en la indigencia y pude pagarme
una prepaga, pero muchas mujeres que son discriminadas
y despedidas cuando adoptan, quedan desamparadas. Y
lo más terrible es que la propia Ley de Contrato de
Trabajo es la que las discrimina”, destacó la mujer.
| La
ley en otros países
La
licencia por adopción es un derecho del Primer
Mundo. Generalmente comienza cuando el niño llega
al hogar, y al eliminarse el descanso prenatal
obligatorio concedido a las madres naturales,
la duración total del beneficio puede ser menor.
Según informó la oficina local de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), en Dinamarca
la licencia de adopción dura 14 semanas y en Finlandia
74 días, es decir, 4 semanas y 41 días menos,
respectivamente, que para las parejas que cuidan
a su propio hijo. En Francia, una empleada que
recibe en guarda un niño con miras a adoptarlo
tiene derecho a una licencia de 10 semanas como
máximo contadas a partir de la fecha de la llegada
del niño al hogar, de 22 semanas en caso de adopciones
múltiples y de 18 semanas si con la adopción del
menor el número de chicos en la familia se eleva
a tres. En Australia, Finlandia, Islandia, Nueva
Zelanda y en la ex República Yugoslava de Macedonia
los padres gozan del derecho a obtener una licencia
de adopción aunque ésta no es remunerada, del
mismo modo que en Estados Unidos.
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LA
EXPERIENCIA DE UNA PAREJA QUE ADOPTO
“La dejaban desamparada”
Por
M.C.
”No
está previsto en ningún lado que la mamá adoptante tenga
los mismos derechos que la biológica”, se indigna Victorio
Barbieri, de 36 años, empleado administrativo del Jockey
Club. Pero recién conoció esa situación cuando el 13
de diciembre, un juez de Capital Federal les otorgó
en guarda un varón de dos meses. “Cuando empecé a averiguar
qué era lo que le correspondía a mi esposa, me di cuenta
de que la legislación la dejaba completamente desamparada,
sin licencia por maternidad. Si una madre biológica
necesita un tiempo para adaptarse a amamantar y al llanto
del bebé, es lógico que una mujer que adopta necesite
incluso más para crear un vínculo con el niño”, dice,
con la voz de la experiencia.
Ana, su esposa, de 35 años, trabaja como manicura y
pedicura en una peluquería de Barrio Norte, donde vive
la familia. Aunque la Ley de Contrato de Trabajo no
contempla la licencia en casos de adopción, Ana encontró
amparo en el convenio laboral de empleados de peluquería,
que como otros sindicatos cubrieron el vacío legal.
“Según el convenio, queda a criterio del empleador cuándo
otorgar la licencia: con la guarda o la sentencia de
adopción. A ella, finalmente se la dieron ahora, pero
todo queda a criterio del empleador”, señaló Victorio.
Un juicio por adopción suele extenderse entre seis meses
y un año, lo que significa que si el patrón opta por
la segunda opción, recién podrá gozar de la licencia
por adopción luego de ese lapso.
“A nosotros nos dieron el bebé en un juzgado de la Capital,
pero lo habitual es que sea uno del interior del país,
para lo cual hay que viajar tres o cuatro días por los
trámites. Ninguna ley contempla una licencia para esos
casos. Todo queda en manos del empleador”, agregó Victorio.
Tampoco le dan a la madre adoptante la posibilidad de
dar de mamar dos veces, durante media hora, durante
el horario laboral. “Es ridículo. Aunque es cierto que
la madre que adopta no amamanta, a la madre biológica
que le da mamadera a su bebé sí le permiten esa licencia,
que en algunos casos se convierte en una hora menos
de trabajo por día. Deberían equipararse todos los derechos”,
opinó la abogada Carmen González, presidenta de la Comisión
de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires.
Entraido
de: Diario Página 12

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