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Proyecto
de Ley - Licencia Laboral por Maternidad
Número
de Proyecto: 1490/00
Tipo de Proyecto: PROYECTO DE LEY
Senado de la Nación
Secretaría Parlamentaria
Dirección Publicaciones
S-00-1490:
PALACIOS.
PROYECTO
DE LEY
El
Senado y Cámara de Diputados,..
Artículo 1°.- Establecer a partir de la vigencia
de la presente Ley, un régimen general de Licencias
por Maternidad en caso de Adopción, que será
de aplicación a la totalidad de las adoptantes,
sin distinción del ámbito laboral en que
se desempeñen, y con goce de haberes.
Art. 2°.- En todos los casos en que el menor adoptado
cuente con menos de 1 año de edad, la adoptante
gozará de cuarenta y cinco (45) días de
Licencia por Adopción; y, en los casos en que
el menor cuente con más de 1 año y menos
de 3, la adoptante gozará de 30 días de
licencia por adopción.
Art. 3°.- La Licencia establecida por la presente
Ley no será de aplicación cuando se trate
de la adopción del hijo del cónyuge.
Art. 4°.- La Licencia por Maternidad por Adopción
se hará efectiva a partir del otorgamiento judicial
de la guarda con fines de adopción.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Gerardo L. Palacios.
LOS
FUNDAMENTOS DE ESTE PROYECTO DE LEY SE ENCUENTRAN PUBLICADOS
EN EL D.A.E. 079/00.
.-A las comisiones de Trabajo y Previsión Social
y de Familia y Minoridad.

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